Afiliarte es un derecho
Nadie te puede obligar a entrar a un sindicato ni impedírtelo. Si la empresa te presiona, te cambia de cocina o te despide por participar, es una práctica antisindical y se puede denunciar en la Inspección del Trabajo.
¿Cuántas personas se necesitan para formar uno?
- Empresa de hasta 50 trabajadoras y trabajadores: 8 personas.
- Empresa de más de 50: 25 personas que sean al menos el 10 % del total. Si no hay sindicato, se puede partir con 8 y completar ese número en un año.
- Cualquier empresa: 250 personas, sin importar el porcentaje.
Los pasos
- Avisen por escrito a la Inspección del Trabajo y a la empresa la fecha y el lugar de la asamblea.
- Hagan la asamblea ante un ministro de fe, como una inspectora del trabajo o una notaria. Ahí se aprueban los estatutos y se elige la directiva, con voto secreto.
- Depositen el acta y los estatutos en la Inspección del Trabajo dentro de 15 días corridos.
El fuero
- Fundadoras: desde 10 días antes de la asamblea hasta 30 días después.
- Dirigentas: durante todo su mandato y hasta 6 meses después.
Durante el fuero no te pueden despedir sin autorización de un juez.
Súmate a FENAMA
Si tu sindicato aún no es parte de la federación, escríbenos.