Afiliarte es un derecho

Nadie te puede obligar a entrar a un sindicato ni impedírtelo. Si la empresa te presiona, te cambia de cocina o te despide por participar, es una práctica antisindical y se puede denunciar en la Inspección del Trabajo.

¿Cuántas personas se necesitan para formar uno?

  • Empresa de hasta 50 trabajadoras y trabajadores: 8 personas.
  • Empresa de más de 50: 25 personas que sean al menos el 10 % del total. Si no hay sindicato, se puede partir con 8 y completar ese número en un año.
  • Cualquier empresa: 250 personas, sin importar el porcentaje.

Los pasos

  1. Avisen por escrito a la Inspección del Trabajo y a la empresa la fecha y el lugar de la asamblea.
  2. Hagan la asamblea ante un ministro de fe, como una inspectora del trabajo o una notaria. Ahí se aprueban los estatutos y se elige la directiva, con voto secreto.
  3. Depositen el acta y los estatutos en la Inspección del Trabajo dentro de 15 días corridos.

El fuero

  • Fundadoras: desde 10 días antes de la asamblea hasta 30 días después.
  • Dirigentas: durante todo su mandato y hasta 6 meses después.

Durante el fuero no te pueden despedir sin autorización de un juez.

Súmate a FENAMA

Si tu sindicato aún no es parte de la federación, escríbenos.