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Guía rápida
Lo que dice la ley sobre tu trabajo, explicado en simple. Si tienes dudas, habla con tu dirigenta sindical.
Guía rápida
Por la Ley 20.787 recibes tu remuneración de diciembre, enero y febrero si cumples estas dos condiciones:
¿La empresa no te pagó? Habla con tu dirigenta sindical.
Están reconocidas por la Ley 16.744. Denúncialas en tu mutualidad:
Si sufres acoso laboral o sexual en tu trabajo, tienes derecho a denunciar y a ser protegida.
En detalle
Tienes derecho a tu sueldo completo de diciembre, enero y febrero si:
Si la empresa termina su contrato con Junaeb, debe pagarte el finiquito respetando toda tu antigüedad. La empresa nueva no puede bajarte el sueldo ni quitarte derechos por el cambio de licitación.
Indemnización: cuando la empresa termina su concesión con Junaeb, te corresponde un mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción de más de seis meses).
Gratificación: se paga todos los meses, sin depender de las utilidades que declare la empresa.
La Ley 16.744 reconoce como enfermedades profesionales varias que son comunes en la cocina:
La SUSESO obliga a las mutualidades a usar una guía especial para estudiar el puesto de trabajo de las manipuladoras.
Si sufres acoso laboral o sexual en tu trabajo, tienes derecho a denunciar y a ser protegida.
Nuestras dirigentas se formaron en la Ley Karin en el X Congreso Nacional (Llifén, 2025) para acompañar a cada compañera.
Primero, habla con tu dirigenta sindical. Ella te orienta y te acompaña.
Paso a paso detallado: Por confirmar